Elguanchepress
, 31-7-03El despiste de la Sra. Julios
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El número de contenciosos de la Consejería de Sanidad no para de aumentar. Ahora son los laboratorios farmacéuticos los que se querellan con la misma, como se puede comprobar en el Boletón Oficial de Canarias de fecha 28 de julio de 2003, y es que no todo el mundo está dispuesto a sufragar la campaña electoral de la ATI, por mucho que ahora la Sra. Julios, valga la redundancia, se jacte en repetir como una cacatúa la sentencia del candidato de que no son consejeros de un partido o una isla, sino de Canarias ¿Por qué si no es usted consejera de sanidad amén de Vicepresidenta del gobierno? Esta Consejería es la que estaba dispuesta la coalición adánica a quitársela de las manos como una papa caliente ofreciéndola a diestro y siniestro sin que nadie se la pidiera, sobre todo si iba a parar a manos de alguien no vinculado al soriato n Tamarant. La cosa viene de viejo, allá por el año 1997, cuando los ineptos de la muy noble y leal ATI, enquistados cual sanguijuelas en el dinero procedente de nuestros impuestos, se les ocurrió hacer un DECRETO, EL ENUMERADO 258/97 por el que se establecen los criterios específicos de planificación y ordenación farmacéutica dentro del ámbito de la comunidad autónoma de Canarias, decreto al que la Unión General de Consumidores de Santa Cruz de Tenerife interpuso recurso contencioso-administrativo DIRECTO. Estó le costo a la Unión de Consumidores que el ahora adanato-soriato le retirase la subvención para que no pudiera realizar sus funciones, que no eran otras que defender a los consumidores. El caso es que la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictó sentencia el 16 de enero de 2001, estimando el recurso y anulando el Decreto por entender que se había omitido un trámite esencial cual es la audiencia a dicha asociación de consumidores. La administración interpuso recurso de casación, para alargar el trámite, pues sería insólito que el Tribunal Supremo no ratificara dicha anulación. La carcajada se oiría desde Sanborondón.
Y es aquí donde tiene que estar atenta la Unión de Consumidores, y todos nosotros, que bajo ningún concepto debemos permitir que los daños y perjuicios recaigan sobre nuestras maltrechas economías, sino que debemos exigir responsabilidades civiles y penales si las hubiera o hubiese, con nombre y apellidos, a los responsables políticos implicados ¿Oíste, pariente?
Boletín Oficial de Canarias, Nº 144 del año 2003
Consejeria de Sanidad
2982 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Económicos.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de julio de 2003, relativa a la interposición del recurso contencioso-administrativo seguido en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Procedimiento Ordinario, a instancia de Hospal, S.A.- Expte. nº 75/2003.
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2003/144/010.html
Consejeria de Sanidad
2981 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Económicos.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de julio de 2003, relativa a la interposición del recurso contencioso-administrativo seguido en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Procedimiento Ordinario, a instancia de Abbott Científica, S.A.- Expte. nº 687/2002.
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2003/144/009.html
Consejeria de Sanidad
2980 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Económicos.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de julio de 2003, relativa a la interposición del recurso contencioso-administrativo seguido en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Procedimiento Ordinario, a instancia de Boehringer Ingelheim, S.A.- Expte. nº 656/2002.